Una Constitución sin registros electorales
Ante el avance en el Parlamento de la reforma constitucional que instaura la inscripción electoral automática y el voto voluntario, el senador y presidente la Unión Demócrata Independiente (UDI), Juan Antonio Coloma, manifestó sus dudas sobre la transparencia que tendría el nuevo padrón electoral -al que deberían sumarse casi cuatro millones de personas- y pidió un empadronamiento independiente del Registro Civil.
Comprensible preocupación, pues ese servicio estatal está siendo investigado por presunto fraude al Fisco y no se trata del primer cuestionamiento a la institución en los últimos años.
Un problema mayor que ése, sin embargo, radica en que nada menos que la actual Constitución Política del Estado de Chile, cuyo principal ideólogo fue precisamente el fundador del partido que ahora preside Coloma -Jaime Guzmán Errázuriz-, fue aprobada sin registros electorales y las denuncias sobre fraude fueron desoídas por las autoridades del gobierno de facto de entonces.
¿No cabría ahora no sólo corregir urgentemente las irregularidades en el Registro Civil para que dé garantías al nuevo padrón electoral, sino también aprobar una Constitución como corresponde, es decir, con los requisitos democráticos de rigor?
J.F.S.
Comprensible preocupación, pues ese servicio estatal está siendo investigado por presunto fraude al Fisco y no se trata del primer cuestionamiento a la institución en los últimos años.
Un problema mayor que ése, sin embargo, radica en que nada menos que la actual Constitución Política del Estado de Chile, cuyo principal ideólogo fue precisamente el fundador del partido que ahora preside Coloma -Jaime Guzmán Errázuriz-, fue aprobada sin registros electorales y las denuncias sobre fraude fueron desoídas por las autoridades del gobierno de facto de entonces.
¿No cabría ahora no sólo corregir urgentemente las irregularidades en el Registro Civil para que dé garantías al nuevo padrón electoral, sino también aprobar una Constitución como corresponde, es decir, con los requisitos democráticos de rigor?
J.F.S.
Etiquetas: Chile, Constitución, Política
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